La opinión de uno del montón
martes, 29 de mayo de 2012
DRA. MA. DE LA LUZ DOMÍNGUEZ CAMPOS
DIPUTADA DE LA LX LEGISLATURA
P R E S E N T E:
Por medio del presente, solicito a Usted tenga a bien leer resumen que anexo, con la finalidad de que un servidor pueda contar con financiamento para convertirlo en proyecto, ya sea por parte de su Fracción, de la Comisión a que corresponda o de la Legislatura, para llevar a cabo dicho proyecto.
El material que le presento es muy concreto, sólo para darle a conocer la intención del mismo, pero al llevarlo a cabo, se pretende sea un trabajo de investigación amplio y bien estructurado, cumpliendo con la metodología de investigación adecuada y asesorado por mis profesores. Uno de ellos, autor ya de un proyecto, y el otro, especialista en Derecho Civil (Familiar), que es la materia donde se pretende concatenar dicho proyecto.
Sin más, agradezco la atención y el apoyo al presente
A T E N T A M E N T E
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JUAN JOSÉ TORRES GURROLA
ALUMNO
UAZ – UNIDAD ACADÉMICA DE DERECHO
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS
“FRANCISCO GARCÍA SALINAS”
UNIDAD ACADÉMICA DE DERECHO
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
TEMA
EL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL EN EL ESTADO DE ZACATECAS
TITULAR DEL PROYECTO: JUAN JOSÉ TORRES GURROLA
ASESORES:
DR. JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ SUÁREZ
DR. ALBERTO JORGE CHAVIRA GARAVITO
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INTRODUCCIÓN
A veces tener enemigos no es tan malo, no es tan grave. Conocer de lo que son capaces los vuelve predecibles, y comúnmente, esa enemistad sólo equivale a andarse con cuidado y precaución, hacer lo posible por no interactuar con ellos; y de ahí en más, puede no trascender y quedar solamente en una rivalidad.
Hay otra cara de la moneda considerando el texto anterior: ¿Qué tal si esos enemigos tienen hijos?. Entonces hay que replantear el texto. Los enemigos más encarnizados, son esos que una vez se quisieron. Dos padres que quedan como enemigos, sí es malo, sí es muy grave. Después de una relación fracturada, no sabe uno de lo que son capaces, no son predecibles. Aunque uno haga lo posible por no tratar con el enemigo, tiene qué. Los padres con hijos en común, no deberían quedar como enemigos, y de serlo, tendrían qué ser de esos que diplomáticamente se tiendan la mano.
Qué predicamento es que los padres entiendan, que siendo enemigos, hay quien los quiere a ambos, y que esas personitas, si no pueden ver armonía, al menos lo que no quieren es ver conflicto.
Todo lo anterior es un fenómeno que se ha estado estudiando muy seriamente en dos disciplinas, psiquiátrica y psicológica. Y aquí no hay quien gane, pierden todos. Hasta al "posible" ganador le queda esa sensación amarga de vencer en una guerra en lo que deseó nunca haberse involucrado.
En estas ramas de la ciencia, se le ha dado el nombre de “Síndrome de Alienación Parental” (SAP) a esa tendencia que tienen los padres con los hijos, de inclinarlos hacia uno de los dos, trabajándolos sicológicamente, e inventándoles una figura de lo que "no es" el otro. Muchos estudiosos de este fenómeno, después de estudiar el comportamiento de los hijos de padres separados, le han puesto más atención a la salud mental de los menores, y de los adultos...
No todo estriba en tratar este fenómeno en estas áreas de la ciencia. En España, el seguimiento a estas tendencias también ha invadido la esfera legal; cosa que en México va a pasos lentos, pero al menos, ya se está considerando.
¿Por qué pasarlo a la esfera legal?. Pues bien, como sabemos, la ley también es costumbre. Y por costumbre y por ley, en los divorcios, casi en automático la custodia de los hijos queda con la madre. Cierto es que en casos de separación la figura de la madre con los menores es más relevante que la del padre. Aún así, en este sentido, al hombre, legalmente y por costumbre, se le ha satanizado.
Teniendo esa inclinación legal, de otorgar la custodia de los hijos a la mujer, en su mayoría las madres se han convertido en las "alienadoras" de los hijos contra el padre. Aunque lógicamente se entiende como una "alineación" hacia una de las figuras, la palabra correcta es "alienación". Lo alienable, se dice de lo que está en el mercado, de lo que puede ser sujeto de transacción, lo vendible. He ahí la relación en lo que nos ocupa: cuando los hijos se utilizan como “mercancía” y botín para el chantaje emocional y económico. En este sentido se entiende, que la relación de los hijos con sus progenitores, es inalienable. Un derecho que no se les puede quitar, salvo excepciones que son otro tema.
Después que reconocidos especialistas han analizado este tema, los jurisconsultos le han puesto atención al mismo, precisamente para evaluar hasta dónde hay Justicia hacia el padre en relación a la Madre, con eso de la Custodia. Se están discutiendo ya iniciativas de reforma para que la "alienación" que cualquiera de los dos padres ejerza con su hijos, sea causa para que se "re-considere" en manos de quién queda la custodia, cuestión que antes no tenía influencia legal.
Meterse a la conciencia del niño para modificar la percepción que tiene de sus padres les cambia todo, les daña todo, principalmente su desarrollo. La familia es el núcleo de la sociedad, los menores son el futuro. La familia es el cimiento donde descansa la seguridad y la formación del menor, y en este sentido, lo estamos fracturando.
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ANTECEDENTES
El término “SAP”, lo acuñó el Dr. Richard Gardner (1931-2003) en 1985 al estudiar divorcios conflictivos. Según lo define: es una alteración en la que el niño manifiesta desprecio y es crítico hacia alguno de los padres. Es el “lavado de cerebro” que uno de los padres hace a sus hijos con intención de desprestigio hacia el otro, ocasionando la destrucción del vínculo afectivo.
Existen detractores del Dr. Gardner, por su postura ante la pederastia. Hay quienes bajo esos argumentos quieren comprobar como falso el Síndrome de Alienación Parental. Pero independientemente de la fama del autor, del término, y de que sea un síndrome o sólo un proceso, el problema al que alude está ahí, es real; no es un fenómeno nuevo, pero sí es un fenómeno poco tratado. Especialmente si lo enmarcamos en nuestro Estado.
Se ha tratado este tema en algunas partes de la República Mexicana. En 2004, en el D.F., la Asamblea Legislativa consideró el SAP en el Código Civil en su artículo 411. Ordenaba el acercamiento de los menores con ambos padres, quienes estaban obligados a evitar actos de manipulación o alienación parental, encaminada a producir en los menores “rencor o rechazo” hacia el otro progenitor.
Pero en 2007, una reforma promovida por la Comisión de Equidad y Género desapareció el término y eliminó tajantemente la posibilidad de que ocurriesen actos de manipulación de los progenitores sobre sus hijos. Además se sugirió que fuera la madre quien en todo momento se hiciera cargo de los menores de edad. Resulta entonces, que la equidad de género marcaba la inequidad. Retomando el fenómeno, en 2011, Edgar Elías, Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, opinó que no se podía permitir que sigan enfermando e intoxicando un niño, y considera una sanción: quitarle la custodia al padre alienador, para dársela al alienado.
En la ciudad de Querétaro hubo manifestaciones por parte de padres impedidos de ver a sus hijos. En varios Estados de la República se han llevado a cabo congresos al respecto.
La CNDH editó un libro así llamado “Alienación Parental”.
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FINALIDAD (JUSTIFICACIÓN)
Al hablar del SAP, nos encontramos con la otra cara de la Violencia Intrafamiliar. Debido a esa violencia en familia, o por la incompatibilidad de los cónyuges (causas principales por las que se dan las separaciones) nace esta nueva violencia, más psicológica que física. Podríamos llamarle violencia extrafamiliar por el hecho de haberse disuelto, pero ahora probablemente en un grado mayor, en las dos familias en que se divide a los hijos.
El Código Familiar para el Estado de Zacatecas habla de los casos en los que se puede perder la Patria Potestad. No hay mucho qué decir en relación a la Guarda y Custodia. En la finalidad de esta investigación, se pretende recabar información relevante, en base a trabajo de campo, encuestas, entrevistas con autoridades, personal de las instituciones sociales, sicólogos, abogados litigantes, entrevistas y testimonios de personas separadas (con o sin la custodia de los menores), etc.; todo esto con la finalidad de proporcionar, respaldado en esta muestra, una radiografía social, y esa sinergia o falta de sinergia entre autoridades y afectados para atender este síndrome.
Queremos generar una investigación de consulta para que las autoridades que aplican la ley, en este caso en materia familiar, consideren si hay fundamento para aplicar esa sanción que sugieren los especialistas: Quitar la custodia al alienador y darla al alienado.
Aunque sabemos que no basta eso, hay que ir mucho más allá, ya que el alienado, por venganza, también se puede convertir en alienador. Es un trabajo arduo en el que se requiere trabajo conjunto entre autoridades y especialistas. Se trata más que nada, de considerarlo en la ley no como afán de sanción, sino como medida disuasiva para quien tiene la Custodia, y la ejerza responsablemente, como bien lo contempla la ley, viendo en todo caso el interés superior del menor.
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